Entre los grupos sociales de la
corona de Castilla en el siglo XVI, no se suele tener en cuenta a los esclavos,
aunque en los últimos años se ha venido estudiando (Ser y vivir esclavo, Casa de Velázquez, 2021) su presencia en la mayoría
de sus pueblos y ciudades. Y no es ajena a este fenómeno la villa de El Toboso.
Por ejemplo, en las disposiciones testamentarias de Catalina de Morales de 1598, la
mujer del doctor Esteban Martínez Morales Zarco Villaseñor, se establece
como heredero universal a su hijo Flaminio Morales y deja una mejora para su
nieto del mismo nombre y prevé la creación de una capellanía en caso de no
tener más herederos, pero también se acuerda de su esclava Isabel, que la heredó de su padre. Ésta deberá
servir a su marido mientras viva pero después “es su voluntad que el dicho Dr.
Zarco la de libertad y dexe libre y horra y que le dexe las hazas y lecho y lo
demás que entre ella y su marido tienenlo comunicado para que la dicha Isabel
esclava lo goce por los días de su vida” (Archivo Parroquial de El Toboso).
Por el testamento del doctor Zarco sabemos que a Isabel se le dejaron efectivamente dos hazas de tierra "para que estando libre tuviese algún socorro de donde poder sacar alguna cosa para se mantener", "detrás del cerro de la horca", una de "dos fanegas de cebada en sembradura" y otras "de dos fanegas y media de cebada". Y se especifica expresamente que estas hazas las gozará mientras viva, pero que no las podrá vender ni empeñar. También se especifica que el hijo, Flaminio Morales, deberá pagar cuatro ducados al año a Isabel, "para que mejor pueda pasar su vejez". Así mismo se detalla exhaustivamente que se le deje "una cama de madera, un jergón, un colchón, una cabecera poblada y dos mantas", pero que no las pueda vender ni empeñar y que cuando muera se den al hospital de la villa. Finalmente el doctor por la universidad de Bolonia, constatando su formación legal, no deja ningún cabo suelto, atendiendo a los más mínimos detalles, y dice en su testamento: "Luego que yo muriese sin que le falte cosa alguna atento al buen servicio que la dicha Isabel nos ha hecho, y espero me hará, y quiero que luego que yo muera la susodicha quede libre y horra, sin sujeción alguna, y sin cautiverio y la doy por libre del cautiverio y sujeción que estaba, y ha estado, y le doy poder para estar en juicio y para hacer cualquiera contratos como persona libre desde el punto que yo muera, y porque las dichas tierras que para que en su vida le dejo, mando a mi heredero tenga (...) de las tener bien amojonadas, para que no se le entren en ellas" (Archivo Parroquial de El Toboso).
Es tal el grado de control que pretende ejercer el doctor Zarco sobre su hijo Flaminio en su testamento que, en relación con las dos hazas que se dejan en usufructo para la esclava Isabel, se especifica cómo ha de cultivarlas, que las barbeche de año y vez, una se siembre de melones y otra de sembradura, dejando bien claro que pasarán a formar parte del mayorazgo del nieto, una vez fallecida Isabel.
No
conocemos más pormenores de la esclava Isabel, ni siquiera su procedencia, un
personaje anónimo que apenas vislumbramos a través de unos documentos rutinarios,
pero que nos informan de una realidad social más compleja de lo que cabría
suponer, donde la esclavitud convivía en la vida cotidiana de la sociedad castellana del siglo XVI. En estos documentos tan manoseados a lo largo del tiempo, buscando el rastro de Dulcinea, nadie vio la presencia de la esclava Isabel.
Estas disposiciones testamentarias, donde hay un recuerdo expreso para su esclava Isabel, precedidas de encargos religiosos pormenorizados (misas de requiem, suministro de aceite para lámpara perpetua junto al altar mayor de la iglesia parroquial, limosnas...), denotan una voluntad de compensar lo que incluso en aquella época debía considerarse una anomalía, y el deseo de descargar moralmente la situación de abuso en que habían mantenido a Isabel, reducida a la condición de esclava, ante la inminencia de la muerte y la creencia en el juicio divino.
Escudo del doctor Zarco